Mediación

Mediación

“Es una forma de vivir y entender el modo en que nos relacionamos con otras personas

Mediar es “interponerse entre dos o más que riñen o contienden, procurando reconciliarlos y alcanzar una solución aceptada por igual. La mediación supone la obtención de una solución más rápida y ágil del conflicto y, frecuentemente, un ahorro de tiempo y dinero para las partes.
Asimismo, la mediación determina, de forma mediata, una mejora del funcionamiento global del sistema de resolución de conflictos en la sociedad, aumentando su capacidad de respuesta, y reduciendo la carga de trabajo de la Administración de Justicia, con el consiguiente ahorro de los enormes costes que siempre genera un proceso judicial.

Ventajas

  • Es positiva para las partes.
  • Mantiene la salvaguarda de las relaciones personales respecto de las normas legales.
  • Permite el descubrimiento de intereses comunes.
  • No figura se basa en un sistema ganador/a-perdedor/a, sino que todos los participantes ganan.
  • Permite alcanzar una solución ágil y rápida del conflicto.
  • Ahorro de tiempo y dinero.
  • Evita la incertidumbre del resultado.
  • Al ser los protagonistas de la solución, asumen la responsabilidad de sus propias decisiones y se facilita el futuro cumplimiento voluntario del acuerdo.
  • Permite decisiones más flexibles y adaptadas al caso concreto.
  • Previene futuros o mayores conflictos.

Mediación familiar

Los conflictos de pareja y la ruptura es un factor altamente estresante en la vida de los/as hijos/as, si este estrés se mantiene en el tiempo puede acarrear graves consecuencias en el bienestar psicológico y en la salud de los menores, afectando a sus relaciones, acciones, aprendizaje y conducta.
La mediación es un proceso, en el cual un tercero, el mediador/a ayuda a los participantes a la resolución de un conflicto. Esta solución debe ser mutuamente aceptable, permitiendo si es necesario, la continuidad de las relaciones entre las personas involucradas en el conflicto. Por ello, la mediación es especialmente adecuada para la resolución de los conflictos familiares en general y en los casos de separación o divorcio en particular.

Ventajas

  • Evitar los efectos negativos del proceso judicial (escalada del conflicto, insatisfacción, etc.).
  • Evita las secuelas emocionales que un proceso contencioso tiene, tanto en la pareja, como en el resto de la familia, principalmente en los hijos.
  • Es rápido un conflicto normalmente se resuelve entre 3 y 5 sesiones, con una duración aproximada de una hora y media cada una de ellas.
  • Eficaz, tiene un éxito un 75%.
  • Económico, al evita llegar a juicio se reducen los costes.
  • Es más satisfactoria para todos los/as implicados/as.
  • Los acuerdos se cumplen en mayor medida (son los implicados quienes toman las decisiones).
  • Mejora el entendimiento entre las partes, fundamental puesto que tendrán que resolver muchas cuestiones a lo largo de la vida en relación a sus hijos.

Mediación Escolar

Los conflictos que pueden tener lugar en el ámbito escolar pueden ser muy variados y de características muy diversas, pueden ser conflictos entre el alumnado, profesorado-alumnado, etc.

Objetivos

  • Abordar los aspectos negativos y destructivos del conflicto y transformarlos eliminando la violencia y destructividad que habitualmente generan.
  • Convertir las situaciones conflictivas que se viven diariamente en clase en oportunidades de aprendizaje.
  • A partir de la Mediación Escolar se puede facilitar a maestros/as y profesores/as unos contenidos que sirvan para trabajar el apartado de actitudes, valores y normas.

Mediación Comunitaria

Conflictos vecinales, conflictos de grupos, conflictos en organizaciones

Sistema de gestión de los conflictos que realiza una persona mediadora neutral e imparcial y en el que participan las personas implicadas en el conflicto de forma directa, para encontrar soluciones favorables para todas las partes. Con la mediación comunitaria, se persigue que las partes vean la realidad con una perspectiva diferente, la asuman, y se acerquen a la resolución del conflicto de forma más satisfactoria.

Objetivos

  • Facilitar el reconocimiento mutuo de las partes en conflicto y la legitimidad de todos los intereses y todas las aportaciones.
  • Garantizar y respetar la voluntariedad de las partes, tanto en la aceptación como en la continuidad del proceso.
  • Velar porque todas las partes sean iguales (es lo que se denomina horizontalidad en el proceso).
  • Utilizar los recursos de forma sostenible. Para la resolución del conflicto se utilizarán los recursos de que dispone la comunidad, de forma que se aproxime a acuerdos reales y posibles.
  • Asegurar la legitimidad y competencia de las personas mediadoras. Ello redundará en el éxito de la mediación comunitaria.

Mediación Penal

La Mediación Penal es una propuesta de la Justicia Reparadora que busca el equilibrio entre los intereses de la víctima y la comunidad y la necesidad de reinserción social de los infractores. Consiste en la participación voluntaria del imputado por un delito o falta y de la víctima o perjudicado, en un proceso de diálogo o comunicación conducido por un mediador imparcial con el objetivo de conseguir la reparación al daño causado y la solución del conflicto desde una perspectiva justa y equilibrada de los intereses de ambas partes.

Ventajas

  • Mejora de la eficacia de la Administración de la Justicia: los resultados son mucho más eficaces y satisfactorios para las partes que en lo proceso tradicional.
  • Ayuda a la víctima: permite que la víctima sea escuchada y pueda manifestar sus inquietudes, reduce el impacto psicológico.
  • Implica al agresor/a: el responsable asume su responsabilidad con la víctima y se compromete para evitar reincidir en el futuro.
  • Reduce el conflicto: acuerdo debe satisfacer a las dos partes.
  • Refuerza el sentimiento de Justicia: ya que a través del acuerdo mediador el responsable asume los hechos y compensa a la víctima.
  • Recomendable en delincuencia juvenil: ya que se trata de una figura sancionadora que tiene un alto contenido pedagógico, es educativa y responde al criterio de responsabilidad social propio del derecho penal de menores.